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8 de junio de 2021

 MES DE LA DIVERSIDAD | LEY 26743

En lo que va del año, más de 20 personas tramitaron el cambio de género en el DNI

Se cumplieron ayer 9 años de la primera vez que se realizó en la provincia. Desde el Registro Civil aseguraron que la edad de las personas que lo solicitan va de 10 a 50.

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Foto: Gentileza

En Corrientes, el 7 de junio de 2012, María Eugenia González fue la primera beneficiaria de la Ley 26743 para solicitar que se refleje en el DNI el género autopercibido.

Nueve años después, el director del Registro Civil de la Provincia de Corrientes,  Pablo Cano, explicó a República de Corrientes que en este año recibieron más de veinte solicitudes”.

Por su parte, desde el colectivo LGTBIQ+ advirtieron a República de Corrientes que el número de solicitudes bajó, ya que, antes de la pandemia, se tramitaban entre 5 y 10 cambios de género en el DNI por mes.

Uno de los requisitos para realizar la rectificación registral del sexo y el cambio de nombre de pila e imagen, trámite de cambio de DNI es, en primer lugar, acreditar la edad mínima de 18 años. 

Asimismo, los menores de edad deberán efectuarlo a través de sus representantes legales y con su expresa conformidad. En lo referido a esto, Cano informó: “Recibimos personas interesadas en cambiar su nombre en el DNI de  todas a las edades, desde  menores de 10 años hasta adultos de hasta 50 años”. 

La ley señala que “se entiende por identidad de género a la vivencia interna e individual del género tal como cada persona la siente, la cual puede corresponder o no con el sexo asignado al momento del nacimiento, incluyendo la vivencia personal del cuerpo. Esto puede involucrar la modificación de la apariencia o la función corporal a través de medios farmacológicos, quirúrgicos o de otra índole, siempre que ello sea libremente escogido. También incluye otras expresiones de género, como la vestimenta, el modo de hablar y los modales”.

La ley permite que las personas trans (travestis, transexuales y transgéneros) puedan ser inscriptas en sus documentos personales con el nombre y el género de elección, además de ordenar que todos los tratamientos médicos de adecuación a la expresión de género sean incluidos en el Programa Médico Obligatorio. 

Este derecho, contemplado por ley, debería ser respetado por todos. Sin embargo, hace unas semanas, Sabina Bacalini, representante de la Inadi Corrientes, en conversación con República de Corrientes, aseguró en cuanto a las denuncias recibidas en la institución: “No se reconoce la Ley de Identidad de Género”. 

Insistió en que todavía hay personas que “no aceptan la inscripción a cualquier registro, con el nombre autopercibido e insisten en utilizar los nombres del DNI”. 

Asimismo aseguró: “Hemos recibido denuncias de prácticas discriminatorias de docentes a alumnos, cuando no quieren llamarlos por su nombre autopercibido. También en el ámbito de la salud, a pesar de que la persona le aclare su nombre, el médico anota el nombre del DNI”, ejemplificó. 

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